Deudor de pensión de alimentos

A partir del 20 de mayo de 2023 entró en vigencia la recién promulgada Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, la cual tiene como objetivo simplificar la localización de los bienes de los deudores para cumplir con sus obligaciones alimenticias.

Esta nueva normativa establece un procedimiento de pago especial para la recuperación de las pensiones de alimentos, mejorando el acceso a la información financiera de los deudores.

Asimismo, busca garantizar que el proceso de cobro se lleve a cabo bajo principios de equidad y respeto a la dignidad de todas las partes involucradas.

¿Cómo hacer efectivo el pago de la deuda?

El mecanismo de cobro de la deuda de pensión de alimentos, establecido por la nueva ley, se aplica cuando el deudor responsable ha dejado de pagar al menos una mensualidad de pensión de alimentos.

Esta mensualidad debe ser previamente determinada por un tribunal con competencia en asuntos familiares.

Para iniciar el procedimiento establecido por la nueva ley, los representantes de los niños a quienes se les adeuda el pago de la pensión de alimentos deben presentar una solicitud de retención de los fondos pertenecientes a la persona deudora.

Estos fondos pueden estar en cuentas bancarias u otros instrumentos financieros y/o de inversión, como el ahorro previsional voluntario (APV).

Este procedimiento especial se aplica de la siguiente manera:

Investigación del patrimonio

Si la retención resulta fallida, el tribunal de familia se encargará de investigar el patrimonio de la persona deudora mediante el cruce de información entre la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), el Servicio de Impuestos Internos (SII) y otros servicios estatales pertinentes.

Cuentas bancarias e inversiones

Si se encuentran las cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos de inversión y/o financieros pertenecientes a la persona deudora de pensión de alimentos, el tribunal de familia emitirá una resolución para ordenar a las instituciones correspondientes proporcionar información sobre saldos, movimientos y cualquier dato relevante para el pago de la deuda.

Posteriormente, el tribunal de familia emitirá una resolución para ordenar el pago de la deuda liquidada utilizando los fondos encontrados.

Fondos de la AFP

En cuanto al pago de la deuda por pensión de alimentos con fondos de una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), la nueva ley establece que se podrá utilizar dichos fondos en caso de que no existan recursos suficientes en las cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario e instrumentos financieros o de inversión.

Los requisitos para realizar el pago de la deuda por pensión de alimentos utilizando los fondos de una AFP son los siguientes:

  1. Adeudar total o parcialmente tres mensualidades continuas o discontinuas de pensión de alimentos
  2. Ausencia o insuficiencia de fondos en cuentas bancarias, cuentas de ahorro previsional voluntario y/o instrumentos financieros o de inversión.
  3. Solicitar el pago con los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria (fondos de AFP).

Una vez que se notifique la resolución de pago, la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) tiene un plazo de 10 días hábiles para realizar la transferencia ordenada por el tribunal de familia.

La ley establece límites específicos para el pago de la deuda utilizando los fondos de la AFP:

  1. Si la persona deudora tiene 15 años o menos para cumplir con la edad de jubilación, el pago no puede exceder el 50% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual.
  2. Si la persona deudora tiene más de 15 años pero menos de 30 años para cumplir con la edad de jubilación, el pago no puede exceder el 80% de los fondos acumulados.
  3. Si la persona deudora tiene más de 30 años para cumplir con la edad de jubilación, el pago no puede exceder el 90% de los fondos acumulados en su cuenta.

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