Prescripción de deudas en Chile

Muchas veces nuestras deudas son generadas por imprevistos que nuestra economía doméstica no consideró y/o no disponíamos de un respaldo financiero en forma de ahorro o inversión.

Es por eso que hoy abordaremos el tema de la prescripción de deudas en Chile, un proceso que siempre genera dudas e incertidumbres y que se hace necesario profundizar.

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¿Qué significa la prescripción de una deuda?

En palabras simples, la prescripción de una deuda significa que aquellas instituciones o personas con las que has contraído un crédito formal pierden el derecho a cobrarla debido a que el plazo estipulado ha vencido.

La prescripción​ es un instituto jurídico por el cual el transcurso del tiempo produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de la acción, mas no del derecho.

Con base en lo anterior podemos afirmar que, para ser exactos, la deuda no prescribe, sino que lo que prescriben son las acciones y derechos de quien es afectado por esa deuda a perseguir el cumplimiento de ella en función de los documentos que la establecen.

¿Qué tipos de documentos pueden prescribir?

Hoy en día y de acuerdo a nuestra legislación, los 4 tipos de documentos que pueden prescribir, perdiendo la capacidad de ser cobrados, son:

1. Cheques

Los cheques son documentos bancarios que permiten a una persona almacenar o retirar fondos de una cuenta corriente.

Esto quiere decir que, si por ejemplo giramos un cheque para pagar una deuda y este no tiene fondos, el documento puede ser protestado y generar una nueva deuda.

2. Pagarés

Los pagarés son documentos utilizados por las empresas para acreditar mediante una constancia la existencia de una deuda y las obligaciones de pago que se emanan de ella con montos y fechas.

Hoy en día, el uso de pagarés electrónicos es cada vez más común, y estos tienen la misma validez legal que los físicos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos por la ley.

3. Letras de cambio

Las letras de cambio son muy parecidas a los pagarés en el sentido de que son documentos que establecen la existencia de una deuda y las fechas de pago comprometidas. Aunque son muy poco utilizadas en la actualidad, todavía tienen validez en situaciones comerciales.

4. Deudas generales

Por último, debemos tener en claro que los documentos y las deudas tienen plazos de vencimiento distintos, ya que si bien el documento podría prescribir, no así la deuda que lo genera.

Además, hoy en día los contratos electrónicos también tienen la misma validez legal que los tradicionales, siempre que cumplan con los requisitos de autenticidad y claridad establecidos por la ley.

¿Cuándo prescribe una deuda bancaria en Chile?

La prescripción dependerá de cada documento y del tiempo de existencia de la deuda; veamos el detalle a continuación.

1. Prescripción de una deuda en cheques

Los cheques prescriben transcurrido un año después de realizado el protesto, es decir, no a partir de la deuda original que debió ser cancelada, sino que a partir de que el documento fue reclamado.

Por ejemplo, si para arrendar una casa fueron firmados y entregados 12 cheques, cada mes el arrendatario cobrará uno de los cheques para dar cumplimiento al pago correspondiente, pero si al sexto se produce una alerta de cheque sin fondos, este podría ser protestado y requerido su pago por hasta un año antes de prescribir.

2. Prescripción de una deuda de pagarés

Los pagarés prescriben luego de transcurrido un año desde que se generó la primera cuota impaga. Por ejemplo, si compraste un televisor en 6 cuotas, pero a partir de la cuarta cuota te ves imposibilitado de pagar, a partir de ese mes deberá pasar un año antes de que el pagaré prescriba.

3. Prescripción de una deuda de letras de cambio

Las letras de cambio prescriben transcurrido un año de su vencimiento.

4. Prescripción de deudas generales

Las deudas generales, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, prescriben después de 5 años de ser contraídas.

Tipo de documentoPlazo de prescripción
Cheques1 año después del protesto
Pagarés1 año desde la primera cuota impaga
Letras de cambio1 año después de vencimiento
Deudas generales5 años

¿Prescripción del documento vs. prescripción de la deuda?

La diferencia principal que debemos entender es que estamos hablando inicialmente de la prescripción del documento. Esto quiere decir que si tengo una deuda en forma de pagaré y este ha cumplido un año desde la primera cuota impaga, prescribe el pagaré, pero aún deberán pasar otros 4 años para que prescriba la deuda.

Lo que en la práctica sucede es que, una vez prescrito el documento legal que establecía la deuda, la única forma de exigir el cobro de la deuda es a través de un juicio civil, el cual muy pocas veces se concreta debido a que se trata de procesos largos y costosos.

¿Las deudas prescriben en Chile?

La legislación chilena exige que haya transcurrido un tiempo determinado en el que no se hayan realizado acciones conducentes al derecho de cobrar la deuda y que, además, el deudor sea quien solicite la prescripción ante el juzgado.

La prescripción ante un tribunal puede ser alegada de dos formas, como «excepción», es decir, como defensa a una demanda, o bien como «acción», producida cuando es el deudor quien acude a solicitar la prescripción.

Finalmente, como consecuencia, la deuda se extinguirá dentro de lo que en la legislación se conoce como «prescripción», utilizado como un sinónimo de la extinción de la obligación.

¿Qué pasa si se presenta una demanda?

Si, llegado el caso, la empresa a quien adeudamos decide demandarnos, se cancela el plazo de prescripción, pero si durante los próximos 3 años no es posible ubicar al deudor o no existieran suficientes bienes que pudieran embargarse para saldar la deuda, entonces el proceso se declara en abandono y la deuda prescribirá definitivamente.

¿Qué pasa si sigo en DICOM?

Lo primero que debes hacer es verificar si estás o no en DICOM, ya que, como vimos anteriormente, para que una deuda prescriba legalmente, esto debe ser establecido por un tribunal, luego de lo cual podrás solicitar tu salida de DICOM.

¿Cuándo prescriben las deudas?

Si bien el tema puede resultar inicialmente un poco confuso, la verdad es que un proceso de cobranza que inicie una demanda puede acabar en un embargo de nuestros bienes y por ende desencadenar una fractura financiera aún mayor.

La prescripción como alternativa, solo es recomendable cuando la deuda no ha sido reclamada en mucho tiempo, es decir, sin notificaciones o llamadas de ningún tipo con el objetivo de cobrar o renegociar.

Las deudas no prescriben de forma automática

Una de las principales conclusiones de este artículo es poder diferenciar que, si bien el documento que estableció la deuda puede prescribir, es decir, volverse incobrable, la deuda no prescribirá a menos que se hayan cumplido las condiciones y los plazos revisados anteriormente.

Para que una deuda prescriba legalmente, deberemos presentar una «alegación de prescripción» ante un tribunal competente en base a los documentos que acrediten las fechas y plazos.

Para realizar este proceso con seguridad, deberás recurrir a un abogado, considerar sus honorarios y cualquier otro gasto que se genere producto de su gestión, en un proceso que puede extenderse por hasta 6 meses y que, por supuesto, podría ser rechazado.

Por último, en caso de que la prescripción sea aceptada y emitida formalmente, las obligaciones de pago sobre la deuda se habrán extinguido definitivamente.

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