
Producto de las celebraciones de Fiestas Patrias, la tercera semana del mes contará con tres días feriados (18, 19 y 20), dejando la posibilidad a las personas de tomar el 16 y 17 como vacaciones, obteniendo una semana completa de descanso.
Eso sí, la Ley de 40 horas ofrece una interesante posibilidad: la compensación de horas extras acumuladas por más días de vacaciones, lo que abre una novedosa alternativa a los trabajadores para este septiembre.
La ley, que reduce la jornada laboral de los trabajadores regulados por el Código del Trabajo de 45 a 40 horas semanales, permite que empleadores y trabajadores acuerden, por escrito y de forma mutua, que las horas extras trabajadas se compensen con días adicionales de vacaciones.
Eso sí, la disposición tiene ciertos límites a considerar:
- El trabajador puede obtener hasta un máximo de cinco días hábiles adicionales de descanso al año.
- Estos deben utilizarse en los seis meses siguientes al ciclo en que se originaron las horas extraordinarias.
- Es necesario dar aviso al empleador con 48 horas de anticipación.
Kerim Rumie, Gerente General de GeoVictoria Chile, HR Tech chilena líder en facilitar la gestión y control de asistencia de los colaboradores en más de 40 países, así como también la adaptabilidad de nuevas tecnologías en las organizaciones, explica:
Para realizar este cálculo, se debe considerar que, por cada hora extra trabajada, el empleado acumula una hora y media de tiempo adicional de vacaciones. Sin embargo, para utilizar estas horas extras como días libres, el trabajador debe informar a su empleador con al menos 48 horas de anticipación. Si no se solicitan estos días adicionales, el trabajador recibirá el pago correspondiente junto con su salario habitual.
Rumie también señala:
Esta nueva disposición ofrece a empleadores y trabajadores una mayor flexibilidad en la gestión del tiempo y el descanso, permitiendo ajustar la compensación de horas extras según las necesidades de cada uno.
La relevancia de un control preciso
El especialista subraya que, para que esta medida sea efectiva y se pueda disfrutar de este beneficio de vacaciones en septiembre, es fundamental contar con sistemas de gestión de asistencia, ya que son herramientas indispensables para mantener registros objetivos y evitar conflictos entre empleadores y empleados.
Es importante mencionar que el artículo 33 del Código del Trabajo regula la gestión de asistencia, estableciendo la obligación para las empresas de mantener registros en formato físico, escrito o digital. Esto garantiza una gestión adecuada y facilita el acceso a la información tanto para los trabajadores como para las autoridades responsables de las inspecciones.
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